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Anulamos tusSanciones Laborales

No asumas culpas inmerecidas. Impugnamos amonestaciones, suspensiones de empleo y sueldo que las empresas preparan en la sombra para orquestar un futuro despido gratis.

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Abogados para Impugnación de Sanciones

Respuesta Directa Legal

Tienes 20 días hábiles para demandar judicialmente la anulación de una sanción laboral impuesta por tu empresa. Si no impugnas a tiempo, la sanción deviene firme. Las empresas acumulan sanciones leves o graves no impugnadas para generar "reincidencia" y justificar un Despido Disciplinario a coste cero.

La trampa mortal de las amonestaciones consentidas

Es el "Manual de Instrucciones" de Recursos Humanos: cuando quieren deshacerse de un trabajador con antigüedad alta para no pagar 33 o 45 días por año, empiezan a fiscalizar todo lo que hace. Emiten una carta por "llegar tarde", luego por "bajar el rendimiento" o "hablar mal a un superior". El trabajador firma para "no tener problemas". Grave error. Meses después, la empresa utiliza esos antecedentes firmes para aplicar un despido disciplinario ciego.

¿Cómo destruimos la sanción en los Tribunales?

  • Falta de carga probatoria: En el juicio por sanción (Art. 114 LRJS), es el empresario quien DEBE demostrar fehacientemente los hechos alegados. Nosotros nos encargaremos de desmontar testigos falsos e inconsistencias probatorias.
  • Prescripción de las Faltas (Art. 60 ET): Muchas empresas sancionan a destiempo. Legalmente, las faltas prescriben desde que la empresa tuvo conocimiento de ellas: las leves a los 10 días, las graves a los 20 y las muy graves a los 60 días (con prescripción absoluta de 6 meses desde el suceso).
  • Defectos de forma procedimentales: Si no hubo apertura de expediente contradictorio en casos de representantes sindicales, o no se comunicó al comité de empresa faltas muy graves, pedimos la Nulidad Radical por defecto formal.

Suspensión de Empleo y Sueldo

Si te sancionan con suspensión de empleo y sueldo, perderás salario real y cotización esos días. Al ganar la demanda y ser declarada injustificada, la empresa será condenada a abonarte la integridad de los salarios retenidos y cotizar dichos días retroactivamente en la Seguridad Social, dejándote el expediente limpio.

¿Podemos ayudarte?

Cuéntanos tu caso. Te daremos una primera valoración de viabilidad sin ningún compromiso.

Llamar: 618 241 385

Atención confidencial

Preguntas Frecuentes

Dudas comunes sobre Abogados para Impugnación de Sanciones

¿Me pueden descontar dinero de la nómina por una multa laboral?

Rotundamente NO. El artículo 58.3 del Estatuto prohíbe imponer sanciones que consistan en reducciones de la jornada normal, ni en multas económicas (multas de haber). Solo pueden suspenderte temporalmente.

¿Qué hago físicamente si me entregan la carta de sanción?

Pide leerla. Sea lo que sea que diga, firma y pon de tu puño y letra 'No Conforme' y la fecha del día real en que te la han entregado físicamente. Ese 'No Conforme' detiene la presunción de conformidad.

¿Pueden sancionarme por llegar 5 minutos tarde?

Todo debe estar reglado por tu Convenio Colectivo y debe respetar la proporcionalidad. Salvo puestos críticos donde releves turnos de seguridad, un retraso de 5 minutos suele ser considerado falta leve o requerir reiteración para ser grave.

¿Cuánto dura la marca de la sanción en mi expediente?

La ley establece que, dependiendo del Convenio Colectivo, las sanciones caducan a nivel de reincidencia. Suele rondar los 6 meses para las leves y el año para las graves/muy graves, momento en el que se limpia el historial disciplinario.