← Volver a inicio

Reclama lo que es tuyo:Salarios y Finiquitos

Nóminas impagadas, horas extras, diferencias de convenio o finiquitos erróneos. No regales ni un euro de tu esfuerzo a la empresa.

Solicitar Asesoramiento →
Reclamación de Cantidad y Salarios

El plazo para reclamar dinero es de solo 1 AÑO

A diferencia de los despidos (20 días), en derecho laboral el plazo general para reclamar deudas económicas a la empresa es de 1 año desde el momento en que la cantidad debió ser abonada. Si superas ese plazo, el dinero prescribirá y no podrás exigirlo judicialmente.

¿Qué conceptos puedes reclamar?

  • Salarios impagados y retrasos: Meses en los que no te han ingresado la nómina o te ingresan menos de lo que marca tu nómina y convenio. Exigiremos además un interés por mora del 10% anual.
  • Diferencias salariales por categoría: Si realizas funciones de una categoría profesional superior (ej. eres encargado pero te pagan como peón), tienes derecho a que te abonen la diferencia de todo el último año y a que se te reconozca la categoría real.
  • Horas Extraordinarias: Si trabajas más de las 40 horas semanales o tu jornada máxima de convenio sin remuneración ni descanso compensatorio.
  • Finiquitos y Liquidaciones: Tras finalizar el contrato (por despido, baja voluntaria o fin temporal), la empresa debe abonarte vacaciones no disfrutadas, partes proporcionales de pagas extra y demás conceptos. Revisamos los cálculos porque las empresas suelen equivocarse (siempre a su favor).

¿Cómo te ayudamos a recuperar tu dinero?

Estudiamos tus nóminas, contrato, cuadrantes de horarios y tu Convenio Colectivo Provincial o Autonómico de Canarias. Con estos datos, realizamos un cálculo exacto y detallado. Presentamos papeleta de conciliación ante el SEMAC y, si la empresa no abona voluntariamente, procedemos por la vía judicial con contundencia.

¿Podemos ayudarte?

Cuéntanos tu caso. Te daremos una primera valoración de viabilidad sin ningún compromiso.

Llamar: 618 241 385

Atención confidencial

Preguntas Frecuentes

Dudas comunes sobre Reclamación de Cantidad y Salarios

¿Me pueden despedir por reclamar mi sueldo?

Si la empresa te despide como represalia por haber reclamado judicial o extrajudicialmente lo que te deben, ese despido sería NULO por vulnerar tu derecho fundamental a la tutela judicial efectiva (Garantía de Indemnidad).

¿Qué pasa si trabajo en negro (sin contrato)?

También puedes reclamar. Habrá que demostrar previamente la existencia de la relación laboral mediante testigos, emails, WhatsApps, geolocalización o la intervención de Inspección de Trabajo.

¿Cómo se demuestran las horas extras?

Hoy en día las empresas están obligadas por ley al registro horario. Si la empresa no tiene registro, la presunción recae sobre ella. Además, se pueden usar cuadrantes, emails enviados fuera de hora, testigos y partes de trabajo.