¿El Tribunal Médico te ha denegado la incapacidad?
Es muy común que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o el EVI (Equipo de Valoración de Incapacidades) denieguen el reconocimiento inicial de una incapacidad permanente o te den el alta médica antes de tiempo, a pesar de que tus lesiones o patologías te impidan realizar tu trabajo habitual o cualquier profesión.
Grados de Incapacidad que reclamamos
- Incapacidad Permanente Parcial: Ocasiona al trabajador una disminución no inferior al 33% en su rendimiento normal para su profesión habitual, sin impedirle la realización de las tareas fundamentales. (Indemnización a tanto alzado de 24 mensualidades).
- Incapacidad Permanente Total: Te inhabilita para realizar tu profesión habitual, pero puedes dedicarte a otra distinta. Concede una pensión vitalicia del 55% de tu base reguladora (que puede subir al 75% a partir de los 55 años).
- Incapacidad Permanente Absoluta: Te inhabilita por completo para toda profesión u oficio. Concede una pensión vitalicia del 100% de la base reguladora.
- Gran Invalidez: Además de estar inhabilitado para todo trabajo, necesitas la asistencia de otra persona para los actos más esenciales de la vida (vestirse, desplazarse, comer). Concede el 100% más un complemento económico.
El procedimiento frente a la Seguridad Social
Si el INSS te deniega la prestación, el primer paso es presentar una Reclamación Previa en el plazo de 30 días. Si vuelve a ser desestimada, iniciamos la Vía Judicial en los Juzgados de lo Social. Colaboramos con los mejores peritos médicos especialistas en daño corporal de Canarias para demostrar de forma irrebatible tus limitaciones funcionales ante el Juez.