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Protección absoluta contra laDiscriminación

Te defendemos frente a trato discriminatorio o vejatorio por razón de sexo, embarazo, maternidad, orientación sexual, enfermedad grave o ideología en la empresa.

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Abogados para Discriminación Laboral en Tenerife

Respuesta Directa Legal

Toda decisión empresarial basada en discriminación es NULA de pleno derecho (Art. 14 CE y Art. 17 ET). Si sufres represalias, despido o acoso por embarazo, género, orientación sexual, enfermedad o raza, reclamaremos mediante la Modalidad de Tutela de Derechos Fundamentales, logrando la reversión del daño moral y una indemnización accesoria elevada.

Igualdad Real frente a la Violencia Laboral

La Constitución Española garantiza que ningún individuo reciba un trato perjudicial por razones inherentes a su condición humana. Sin embargo, en la práctica laboral, la "brecha salarial invisible", los techos de cristal y los despidos camuflados de embarazadas y enfermos de cáncer están a la orden del día. Combatimos el odio corporativo con la ley más severa en la mano.

Tipos de Discriminación Habituales que Penalizamos

  • Discriminación por Razón de Sexo y Embarazo: Echar a la trabajadora en el periodo de prueba al avisar de su estado, congelar su carrera, denegación sistemática del derecho a concreción horaria por conciliación (Ley de Familias), o discriminación salarial indirecta de complementos.
  • Discriminación por Enfermedad (Ley 15/2022): La histórica Ley de Igualdad de Trato ha zanjado la discusión: despedir a alguien por tener baja médica (ej. una operación programada o cáncer) ya no es improcedente, sino directamente discriminatorio, declarándose Despido Nulo.
  • Represalia Sindicato y Libertad Ideológica: El maltrato hacia representantes sindicales, afiliados activos o personas que participan en huelgas lícitas está protegido por indemnidad.
  • Discriminación por Orientación Sexual y Edad: Acosar a compañeros por condición LGTBI+ o marginar a empleados de +55 años enviándoles a puestos fantasma para forzar prejubilaciones ruinosas.

Procedimiento Preferente y Sumario

Las demandas por Tutela de Derechos Fundamentales gozan del privilegio de tramitación urgente en los Juzgados de lo Social. Se aplica la "inversión de la carga de la prueba": basta con que tú aportes pruebas indiciarias de que el motivo de tu estancamiento o despido es discriminatorio, para que sea la empresa quien deba sudar para demostrar judicialmente que su decisión fue objetiva (algo muy difícil de justificar legalmente).

¿Podemos ayudarte?

Cuéntanos tu caso. Te daremos una primera valoración de viabilidad sin ningún compromiso.

Llamar: 618 241 385

Atención confidencial

Preguntas Frecuentes

Dudas comunes sobre Abogados para Discriminación Laboral en Tenerife

¿Me pueden despedir en periodo de prueba si estoy embarazada?

Absolutamente NO. El Tribunal Constitucional es claro: el cese en periodo de prueba de una mujer trabajadora embarazada supone un Despido Nulo de pleno derecho, debiendo la empresa pagar salarios dejados de percibir desde el despido y readmitirla.

¿Qué indemnización extra me dan por daños morales?

En estos procedimientos se adjunta la reclamación de Daño Moral basada en la Ley de Infracciones LISOS. Dependiendo de la gravedad, las compensaciones punitivas para castigar a la empresa van de los 7.500 euros a más de 200.000 euros, independientemente del despido.

¿Puedo solicitar jornada continuada o de mañana para cuidar a mi hijo?

Sí. El Art. 34.8 (derecho de adaptación de jornada por conciliación familiar) es un pilar básico. Si la empresa te lo deniega sin una justificación de colapso productivo abrumadora, el juez lo concederá e indemnizará por el daño en la conciliación.

¿Tengo que aguantar bromas racistas o machistas en la oficina?

Por supuesto que no. Constituye acoso discriminatorio por entorno hostil. La empresa debe activar el Protocolo de Acoso obligatorio. Si miran hacia otro lado, son responsables civiles subsidiarios del acoso permitido en su centro.