← Volver a inicio

Cobra el salario de tusFunciones Reales

¿Asumes la responsabilidad de un encargado pero cobras como auxiliar? Exigimos tu ascenso judicial, tu nueva categoría y las diferencias salariales millonarias defraudadas.

Solicitar Asesoramiento →
Reclamación de Categoría Profesional y Ascenso

Respuesta Directa Legal

Si llevas realizando tareas de categoría superior durante al menos 6 meses en 1 año (o 8 meses en 2 años), el Art. 39 ET te permite reclamar judicialmente el ascenso directo y la cobertura de la vacante, además del cobro íntegro de las diferencias salariales retroactivas acumuladas del último año.

No regales tus capacidades a coste de saldo

El sistema de clasificación profesional se basa en "Grupos Profesionales". Es una práctica maliciosa extendida contratar a profesionales bajo rúbricas genéricas (Auxiliar, Peón, Administrativo nivel III) pero asignarles gradualmente cargas de supervisión, liderazgo, gestión de personal, toma de decisiones o responsabilidades técnicas superiores (Oficial 1ª, Jefe de Área, Director Técnico).

¿Qué reclamamos en el Juzgado de lo Social?

Iniciamos un proceso mixto donde logramos una doble victoria para tu carrera y tu bolsillo:

  • Acción Declarativa de Ascenso: Obligamos al juez a sentenciar que, efectivamente, la complejidad de tu desempeño pertenece al Grupo Profesional Superior según tu Convenio Colectivo, obligando a la empresa a cambiar tu contrato y reconocerte la categoría superior de forma permanente.
  • Acción Reclamación de Cantidad: Cuantificamos la diferencia entre la tabla salarial de tu grupo falso y el real, exigiendo los atrasos devengados correspondientes a los 12 últimos meses, más un recargo del 10% por demora imputable a la empresa.

Movilidad Funcional Descendente

También combatimos el fenómeno opuesto. Si la empresa te asigna funciones claramente inferiores y denigrantes respecto a tu titulación y contrato de manera injustificada (ej. obligar a un economista a barrer el archivo para aburrirle y forzar su dimisión), consideramos esto como Mobbing o vulneración del deber de ocupación efectiva (Art. 4.2 ET), solicitando la resolución del contrato con la mayor de las indemnizaciones (Art. 50 ET).

¿Podemos ayudarte?

Cuéntanos tu caso. Te daremos una primera valoración de viabilidad sin ningún compromiso.

Llamar: 618 241 385

Atención confidencial

Preguntas Frecuentes

Dudas comunes sobre Reclamación de Categoría Profesional y Ascenso

¿La empresa me puede pedir hacer el trabajo del jefe un mes por baja?

Sí, la movilidad funcional ascendente por razones organizativas y temporales es lícita. Pero tienen que pagarte obligatoriamente el sueldo del jefe desde el día uno que asumes el rol, aunque sea una suplencia temporal.

¿Qué pasa si hago mezcla de tareas de arriba y abajo?

La jurisprudencia determina la teoría de la 'prevalencia'. Si desempeñas asiduamente funciones principales del nivel superior (por tiempo e importancia), se te debe encuadrar en esa categoría, aunque esporádicamente hagas fotocopias o limpies.

¿Necesito titulación oficial para reclamar la categoría superior?

Depende. Si la ley o convenio exige un título habilitante estricto para la ocupación superior (médico, arquitecto firmado), no puedes reclamar el grupo sin título. Si son tareas gerenciales, administrativas u operativas, la experiencia demostrada vale ante el juez.

¿Cómo demuestro mis funciones reales en juicio?

Reuniendo testigos, firmas autorizadas en documentos que solo puede firmar el encargado, cruce de correos dando órdenes, actas de reuniones de mandos, y evaluaciones de desempeño.